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ARTÖCULO 1§- Cr‚ase la Aduana Multimodal, la cual tal y como lo
define el art¡culo 16 del C¢digo Aduanero Uniforme Centroamericano
(CAUCA), es una dependencia de la Direcci¢n General de Aduanas que
actuar bajo su autoridad y supervisi¢n, cuyas funciones ser n adem s de
las se¤aladas en el CAUCA y su Reglamento, las que se establecen en el
presente decreto.
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