272
CAPITULO SEXTO
Del Acceso al Expediente y sus Piezas
Artículo 272.-
1. Las partes y sus representantes, y cualquier abogado, tendrán derecho
en cualquier fase del procedimiento a examinar, leer y copiar cualquier
pieza del expediente, así como a pedir certificación de la misma, con las
salvedades que indica el artículo siguiente.
2. El costo de las copias y certificaciones será de cuenta del petente.
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