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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 22511 >> Fecha 17/09/1993 >> Articulo 5
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Normativa - Decreto Ejecutivo 22511 - Articulo 5
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Artículo 5    (No vigente*)
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Artículo 5°-Para la designación de los Contralores de Servicios, el jerarca atenderá entre otros a los siguientes criterios:  

a) Poseer una formación acorde con las responsabilidades asignadas y trayectoria y conocimientos sobre la institución, preferiblemente con formación profesional en el campo.

b) El funcionario a designar deberá gozar de amplio respeto en la institución.

 

 

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