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 Normativa >> Ley 5150 >> Fecha 14/05/1973 >> Articulo 176
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Normativa - Ley 5150 - Articulo 176
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Artículo 176
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176

Artículo 176.- Las empresas de transporte aéreo regular, local o

internacional, deberán de hacer del conocimiento público sus itinerarios

y tarifas.

NOTA: Original 171: corrida su numeración a la actual de

conformidad con el artículo 1º de la Ley Nº 7251 de 13 de agosto de

1991.-

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