Artículo 8°-Órganos asesores:
La Dirección Superior contará con los
órganos asesores necesarios. Existirá un comité técnico compuesto por el
Viceministro, los asesores de la Dirección Superior y los directores, que
conocerá en consulta de los asuntos que le someta a su conocimiento el
Ministro, quien lo presidirá.
Los jefes de la Asesoría Económica y
Jurídica tendrán rango. de Director. La Dirección Superior contará con el
apoyo de las unidades de Secretaria General y de Oficina de Prensa.
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