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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 16767 >> Fecha 20/12/1985 >> Articulo 14
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Normativa - Decreto Ejecutivo 16767 - Articulo 14
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Artículo 14
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Artículo 14.-Dirección de Planes de Mediano y Largo Plazo:

 

Serán funciones de la Dirección de Planes de Mediano y Largo Plazo:

 

a) Proponer las bases para la elaboración del plan nacional de desarrollo;

b) Desarrollar modelos para prever el comportamiento de las variables macroeconómicas en el mediano y largo plazo; y

c) Elaborar análisis estructurales sobre temas de importancia para el futuro del país.

 

Contará con los Departamentos de Programación Macroeconómica y Análisis Cuantitativo.

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