Artículo 25.-Secretaria Técnica de
Eficiencia Administrativa:
Serán funciones de la Secretaría Técnica
de Eficiencia Administrativa:
a) Servir de Secretaría Técnica a la
Comisión Nacional de Eficiencia Administrativa;
b) Proponer los lineamientos y objetivos
generales de la política del sector público, así como medidas para lograr la
máxima eficiencia en el funcionamiento de las instituciones de dicho sector; y
c) Proponer, por medio del Ministro el
plan de reforma administrativa a la Comisión de Eficiencia Administrativa.
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