Artículo 26.-Secretaria Técnica de
Informática:
Serán funciones d€ la Secretaría Técnica
de Informática:
a) Asesorar a la Comisión de Política
Informática en el análisis de los lineamientos y medidas a considerar en la
definición de la política nacional de informática;
b) Orientar, aprobar Y supervisar los
planes informáticos de las instituciones del sector público;
c) Emitir pronunciamiento sobre los
proyectos de tratados, convenios, acuerdos y compromisos internacionales
relacionados con la informática;
ch) Promover e incentivar la realización
de estudios prospectivos de la situación informática del país;
d) Analizar las necesidades de formación
de recursos humanos en el campo informático; y
e) Definir criterios para la normalización
de los procedimientos de adquisición de bienes y servicios informáticos en el
sector público nacional.
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