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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 20295 >> Fecha 06/03/1991 >> Articulo 23
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Normativa - Decreto Ejecutivo 20295 - Articulo 23
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Artículo 23
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Artículo 23.—Después de ocho días hábiles como máximo, de concluido el concurso, la Sección de Reclutamiento y Selección de Personal respectiva, comunicará el resultado a los interesados.

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