Artículo 24.La Sección de
Reclutamiento y Selección de Personal respectiva, elaborará una tema en estricto orden
de excelencia y la someterá a conocimiento y resolución del superior inmediato de la
Dependencia donde se produjo la vacante, conforme con el artículo 13 de este Reglamento,
a efecto de que dentro de los cinco días hábiles siguientes, seleccione uno de los
candidatos o bien la rechace mediante resolución escrita justificada.
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