Artículo 48.Los servidores tendrán
derecho a:
a) Que las mismas medidas disciplinarias le
sean aplicadas en igualdad de condiciones.
b) Recibir instrucciones claras y precisas,
sobre sus labores y responsabilidades.
c) Manifestar a sus superiores las
opiniones relacionadas con las labores que desempeñan.
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