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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 20295 >> Fecha 06/03/1991 >> Articulo 51
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Normativa - Decreto Ejecutivo 20295 - Articulo 51
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Artículo 51
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CAPITULO IX

De las categorías y salarios

Artículo 51.—Los salarios de los servidores amparados al Régimen de Servicio Civil se regirán por lo establecido en el artículo 48 del Estatuto de Servicio Civil y la Ley de Salarios de la Administración Pública No 2166 de 9 de octubre de 1957, y sus reformas.

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