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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 20295 >> Fecha 06/03/1991 >> Articulo 85
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Normativa - Decreto Ejecutivo 20295 - Articulo 85
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Artículo 85
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CAPITULO XIV

Subsidios por enfermedad

        Artículo 85.- Los subsidios por razones de enfermedad, y las licencias por razón de maternidad se regulan por las disposiciones de los artículos 34, 35 y 36 del Reglamento del Estatuto Civil, así como lo dispuesto por la Caja Costarricense de Seguro Social e Instituto Nacional de Seguros en lo que a esta materia se refiere.

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