Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 20295 >> Fecha 06/03/1991 >> Articulo 129
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 129     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 20295 - Articulo 129
Ir al final de los resultados
Artículo 129
Versión del artículo: 1  de 1

        Artículo 129.- Las subcomisiones coordinarán sus labores con la Comisión de Salud Ocupacional de cada dependencia debiendo rendir a esta un informe trimestral de lo actuado durante el período.

Ir al inicio de los resultados