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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 18717 >> Fecha 14/12/1988 >> Articulo 6
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Normativa - Decreto Ejecutivo 18717 - Articulo 6
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Artículo 6    (No vigente*)
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Artículo 6º.- Créase la Secretaría del Consejo Nacional de la Tercera Edad, la cual estará integrada por un grupo de apoyo técnico, y cuya función será la de asesorar al Consejo, y aquellos organismos que tengan relación con la Tercera Edad, sobre la ejecución de las políticas nacionales en este campo. Además realizará aquellas funciones específicas que determine el Consejo o su presidente. Esta Secretaría tendrá un coordinador general que será nombrado por el Presidente del Consejo.

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