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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 19308 >> Fecha 13/11/1989 >> Articulo 5
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Normativa - Decreto Ejecutivo 19308 - Articulo 5
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Artículo 5    (No vigente*)
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5

ARTÖCULO 5§.-Existir  una sola Auditor¡a Interna que

abarcar , dentro del  mbito

de su competencia, todas las actividades, programas y proyectos

que ejecute o en los

que participe el Ministerio. En caso de que resulte necesario

el nombramiento de

auditores internos para programas o proyectos espec¡ficos, ‚stos

deber n cumplir los

mismos requisitos exigidos para el nombramiento del Auditor

Interno del Ministerio

y depender n de la Auditor¡a Interna de aquel.

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