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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 19308 >> Fecha 13/11/1989 >> Articulo 18
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Normativa - Decreto Ejecutivo 19308 - Articulo 18
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Artículo 18    (No vigente*)
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18

ARTÖCULO 18.-La informaci¢n que el Auditor Interno o

cualesquiera de sus subalternos

obtenga en el ejercicio de sus funciones ser  estrictamente

confidencial. Sin

embargo, esta confidencialidad no se aplicar  a los

requerimientos de la Contralor¡a

en el ejercicio de su competencia fiscalizadora, ni al Ministro,

ni cuando haya solicitud

expresa de autoridad competente.

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