INICIO
|
PGR SINALEVI
|
PODER JUDICIAL
|
HACIENDA
|
CORTE IDH
|
DICCIONARIO JURÍDICO PJ
|
AYUDA
|
MAPA DEL SITIO
Buscar:
Normativa >> Decreto Ejecutivo 18379 >> Fecha 19/07/1988 >> Articulo 28
Internet
Normativa
Pronunciamientos
Asuntos Constitucionales
Año:
50 resultados
100 resultados
Todos los resultados
Buscar en:
Ficha del documento
Contenido del texto
Menú de Búsquedas Avanzadas
Texto completo
Ficha de la norma
Texto del artículo 28
Jurisprudencia relacionada
Jurisp. de Hacienda
Versión vigente
Opciones:
Guardar
Imprimir
Buscar artículos
<<
Artículo 28
>>
Ficha de la Norma
Decreto Ejecutivo : 18379 (28 artículos) (1 transitorio)
Artículo:
Súbnúmero:
0
BIS
TER
QUATER
QUINQUIES
SEXIES
OCTIES
NOVIES
DECIES
UNDECIES
DUODECIES
TREDECIES
QUATTUORDECIES
QUINDECIES
Tipo:
Normal
Transitorio
Anexo
Decreto Ejecutivo : 18379 del 19/07/1988
Reglamento Comisiones de Salud Ocupacional
Versión de la norma:
1 de 2
Normativa - Decreto Ejecutivo 18379 - Articulo 28
Artículo 28
Versión del artículo: 1 de 1
28
ARTICULO 28.-Rige 90 días después de su publicación.