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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 16605 >> Fecha 01/10/1985 >> Articulo 5
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Normativa - Decreto Ejecutivo 16605 - Articulo 5
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Artículo 5
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Artículo 5°-Estructura orgánica de la Comisión:

a)     Presidencia.

b)    Vicepresidencia.

c)     Secretaría.

d)    Unidad Técnica.

La Comisión llevará los siguientes libros o registros:

a)     Libro de actas de sus sesiones.

b)    Libro de registro de las solicitudes presentadas, enumeradas con anotación de la hora y la fecha de recibo.

c)     Libro de registro de Contratos Turísticos aprobados, por orden cronológico y alfabético.

ch) Registro de los incentivos otorgados a cada una de las empresas beneficiarias.

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