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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 16605 >> Fecha 01/10/1985 >> Articulo 8
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Normativa - Decreto Ejecutivo 16605 - Articulo 8
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Artículo 8
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            Artículo 8°- Notificado al Instituto el dictamen favorable de la Comisión referente a una solicitud de contrato, éste deberá tramitarlo dentro de los ocho días siguientes a la fecha en que recibió el mencionado dictamen.

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