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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 19797 >> Fecha 17/07/1990 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 19797 - Articulo 3
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Artículo 3
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3

Artículo 3º.- Cada empresa fabricante escogerá, según su

conveniencia, la sustancia por la cual hará el cambio; el cual dependerá

de los factores financieros, tecnológicos y de abastecimiento, tal y como

se señala en el Protocolo de Montreal.

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