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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 18007 >> Fecha 02/03/1988 >> Articulo 4
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Normativa - Decreto Ejecutivo 18007 - Articulo 4
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Artículo 4
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ARTÖCULO 4§.-Los usuarios del Sistema deber n aportar los

documentos

legales que demuestren que el veh¡culo a utilizar en las giras

de

trabajo, es de su propiedad.

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