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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 9479 >> Fecha 10/01/1979 >> Articulo 8
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Normativa - Decreto Ejecutivo 9479 - Articulo 8
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Artículo 8    (No vigente*)
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8

Artículo 8º.- Además de las funciones señaladas, los Guías son

colaboradores ad honórem del Instituto en la protección y vigilancia del

Patrimonio Turístico Nacional.

(Así reformado por Decreto Nº 10542 de 19 de setiembre de 1979, artículo

1º)

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