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CAPITULO III
De los Requisitos
Artículo 9º.- Para optar por la licencia de Guía de Turismo se
requiere:
a) Tener nacionalidad costarricense.
b) Ser mayor de edad.
c) Tener aptitud física y salud compatible con este trabajo.
d) Haber aprobado el Bachillerato de Enseñanza Media o
estudios equivalentes.
e) Acreditar como mínimo el dominio de un idioma extranjero.
f) Haber aprobado el Curso de Formación Profesional para Guías
de Turismo que establece el Capítulo V de este Reglamento,
para tomar el cual se deberá llenar los requisitos
establecidos en los incisos anteriores de este mismo
artículo.
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