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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 21532 >> Fecha 26/08/1992 >> Articulo 15
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Normativa - Decreto Ejecutivo 21532 - Articulo 15
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Artículo 15
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CAPITULO VII

De los representantes sectoriales regionales de Vivienda

y Asentamientos Humanos

Artículo 15.-En cada una de las regiones del país donde funcionen Consejos Regionales de Desarrollo creados por el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica, se nombrará un representante del Sector Vivienda y Asentamientos Humanos con el objeto de coadyuvar al logro de los objetivos descentralizadores y participativos del Plan Nacional de Vivienda y Asentamientos Humanos y de consolidar la acción del Sector en las regiones.

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