Artículo 16.-EI Representante Regional
Sectorial Vivienda de Asentamientos Humanos será nombrado por el Ministro de
Vivienda y Asentamientos Humanos y deberá pertenecer a alguna institución pública
vinculada con el Sector, representada en la región. El representante Regional
Sectorial actuará bajo la coordinación del Secretario Ejecutivo de Planificación
Sectorial de Vivienda y Asentamientos Humanos. Las funciones del Representante
Regional Sectorial son las siguientes:
a) Realizar estudios a nivel regional
sobre la situación del Sector, para elevarlos por medio de
la Secretaría Ejecutiva
de Planificación Sectorial de el Ministro Rector y el Consejo Nacional
Sectorial;
b) Colaborar con el Consejo Regional de
Desarrollo y otras entidades para determinar las prioridades de los proyectos
relacionados con el Sector que se formulen en la región;
c) Establecer mecanismos de programación
coordinación, control y evaluación para los programas y proyectos que se
ejecuten relacionados con el sector e informar periódicamente a la Secretaria
Ejecutiva de Planificación Sectorial;
ch) Asesorar y apoyar a las
Municipalidades y grupos organizados de la comunidad para la formulación,
discusión, aprobación e implementación de proyectos de vivienda y
asentamientos humanos y establecer los medios para la mejor divulgación estarán
integradas por representantes del sector público y privado que se consideren
necesarios para su adecuado funcionamiento.
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