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ARTICULO 5º.- El otorgamiento de canales se realizará de acuerdo con
el siguiente cuadro de frecuencias, según las normas internacionales:
Canal Nº Ancho y Límites Frecuencia de la Frecuencia de la
del Canal en Portadora de la Portadora del
Megaciclos Imagen Sonido
2 54-60 55-25 Mc. 59-75 Mc.
3 60-66 61-25 " 65-75 "
4 66-72 67-25 " 71-75 "
5 76-82 77-25 " 81-75 "
6 82-88 83-25 " 87-75 "
7 174-180 175-25 " 179-75 "
8 180-186 181-25 " 185-75 "
9 186-192 187-25 " 191-75 "
10 192-198 193-25 " 197-25 "
11 198-204 199-25 " 203-75 "
12 204-210 205-25 " 209-75 "
13 210-216 211-25 " 215-75 "
Además de estas frecuencias correspondientes a los canales de muy
alta frecuencia (VHF) que corresponden a los canales del 2 al 13
inclusive, quedarán dispuestos para asignaciones de canales de
televisión, todas las frecuencias correspondientes a los canales de
frecuencia ultra altas (UHF) comprendidos entre los 470 y los 890
megaciclos, dentro de los cuales se encuentran disponibles 70 canales
adicionales.
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