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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 20922 >> Fecha 19/11/1991 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 20922 - Articulo 3
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Artículo 3
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Artículo 3°-Las autorizaciones a que se refiere este decreto las extenderá el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica, solo cuando el proyecto a financiar esté acorde con las prioridades nacionales y con las posibilidades de endeudamiento externo del país y de la institución o empresa, en su caso.

 

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