55
ARTÍCULO 55.- Una vez
presentada la solicitud de cambio, el Tribunal ordenará publicar un edicto en
el Diario Oficial concediendo 15 días de término para presentar oposiciones.
(Así reformado por Ley No. 5476 de 21 de diciembre de 1973,
artículo 2º. Por Ley Nº 7020 de 6 de enero de 1986, artículo 2º, su número fue
corrido del 37 al actual).
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