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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 24037 >> Fecha 22/12/1994 >> Articulo 50
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Normativa - Decreto Ejecutivo 24037 - Articulo 50
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Artículo 50
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50

CAPITULO XII

De la autorización de transferencia.

Artículo 50.- La transferencia a cualquier título, de

instalaciones radiactivas, fuentes o equipos generadores de

radiaciones ionizantes, requerirán de una autorización de

transferencia otorgada por la autoridad competente.

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