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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 24037 >> Fecha 22/12/1994 >> Articulo 88
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Normativa - Decreto Ejecutivo 24037 - Articulo 88
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Artículo 88
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88

Artículo 88.- Quedan exentas del cumplimiento de los preceptos

señalados en los artículos 84, 85, 86 y 87 de este reglamento, las

excreciones de personas sometidas a diagnóstico y terapia con

materiales radiactivos.

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