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CAPITULO III
Organización y Funcionamiento
Artículo 11.- El Organismo constará de una Dirección General y de
los siguientes departamentos: 1º) Departamento de Investigaciones
Criminales; 2º) Departamento de Medicina Legal; 3º) Departamento de
Laboratorios de Ciencias Forenses.
Cada Departamento contará con las secciones y oficinas que sean
necesarias para su buen funcionamiento.
Habrá además, un Comité Asesor.
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