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 Normativa >> Ley 5524 >> Fecha 07/05/1974 >> Articulo 62
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Normativa - Ley 5524 - Articulo 62
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Artículo 62
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62

Artículo 62.- Los agentes de investigación estarán protegidos por un

seguro contra riesgos profesionales. Igualmente lo estará el personal del

Organismo que realice labores insalubres o peligrosas, esto último a

juicio de la Corte Plena.

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