Artículo 2°-La Comisión estará conformada por un(a) representante
de las siguientes instituciones y dependencias:
Dirección General de Estadística y Censos
Ministerio de Economía. Industria y Comercio: quien la
coordinará.
Dirección de Planificación del Trabajo.
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
SEPSA Secretaría Ejecutiva de Planificación Sectorial
Agropecuaria
Ministerio de Agricultura y Ganadería
Área Análisis del Desarrollo
Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica
Centro Nacional para el Desarrollo de la Mujer y la Familia
Ministerio de Cultura Juventud y Deportes
Asesoría en Actuarial
División de Servicios Administrativos
Instituto Nacional de Seguros
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