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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 25763 >> Fecha 26/11/1996 >> Articulo 6
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Normativa - Decreto Ejecutivo 25763 - Articulo 6
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Artículo 6
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Artículo 6°-Rige a partir de su publicación.

 

Dado en la Presidencia de la República.-San José, a los veintiséis días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y seis.

 

 

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