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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 22013 >> Fecha 03/03/1993 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 22013 - Articulo 1
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Artículo 1
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N° 22013-MP-MIDEPLAN

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LOS MINISTROS DE LA PRESIDENCIA Y DE PLANIFICACIÓN

NACIONAL Y POLÍTICA ECONÓMICA

Considerando:

1°—Que dada la magnitud y complejidad de los problemas económicos y sociales, existentes en Puntarenas, muchos de los cuales comenzaron a manifestarse desde hace más de tres décadas y que, obviamente, con el transcurso del tiempo se han agravado.

2°—Que el Poder Ejecutivo y las instituciones públicas competentes, durante la presente Administración, han desplegado en Puntarenas una acción pública sin precedentes, por el volumen de los recursos económicos y humanos, que se han venido destinando y por la integridad del enfoque, orientados a resolver o, al menos, mitigar, en el campo social y de la salud, la situación, particularmente, del Gran Puntarenas.

3°—Que en el tiempo que le resta a la actual Administración, la acción del Estado y de sus instituciones será intensificada, conforme a los programas y proyectos definidos o en ejecución, para resolver adecuadamente los problemas.

4°—Que es de vital importancia, con el propósito de maximizar las acciones y programas, que ejecutan los diferentes ministerios e instituciones, exista una eficaz coordinación entre ellos y haya un mecanismo adecuado de seguimiento en el cumplimiento de los tiempos definidos, para la ejecución de los diferentes proyectos y acciones, para que la comunidad puntarenense, no vea pospuesta por más tiempo, la satisfacción de sus necesidades más sentidas.

5°—Que por la trascendencia de la acción de coordinación y apoyo a los diferentes proyectos en ejecución, o que se ejecutarán durante la presente Administración, en Puntarenas, es conveniente crear un programa denominado “Programa de Coordinación de los Proyectos de Desarrollo de Puntarenas". Por tanto,

En ejercicio de las facultades conferidas por los incisos 3) y 18) del artículo 140 de la Constitución Política,

DECRETAN:

 

Artículo 1°—Se crea el "Programa de Coordinación de los Proyectos de Desarrollo de Puntarenas, como un programa de la Presidencia de la República , con el fin de coordinar los esfuerzos de los Ministerios y demás instituciones del sector físico, que se canalizan para Puntarenas.

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