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 Normativa >> Ley 1738 >> Fecha 31/03/1954 >> Articulo 8
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Normativa - Ley 1738 - Articulo 8
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Artículo 8
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Artículo 8º.- Cuando en un mismo embalaje, llegaren mercaderías sujetas a diferentes aforos, el peso del embalaje se distribuirá proporcionalmente entre el peso de los diferentes artículos que contiene.     En caso de robo o saqueo de las mercaderías, se manera que el embalaje resulte excesivo a lo recibido, podrá la Administración de Aduanas autorizar una disminución en la tara hasta de un diez por ciento.            

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