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 Normativa >> Ley 1738 >> Fecha 31/03/1954 >> Articulo 32
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Normativa - Ley 1738 - Articulo 32
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Artículo 32
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Artículo 32.- Los instrumentos científicos como termómetros, barómetros, etc., que estén adheridos a otros artefactos, como estatuas, figuras, relojes, etc., pagarán con las partidas a que estos últimos corresponda. Esto mismo se observará con todos los demás objetos cuyo derecho sea menor que el del artefacto o artículo a que están adheridos.  

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