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Artículo 45.-Los reembarques reexportaciones quedan sometidos a la
siguiente disposición:
REEMBARQUES Y REEXPORTACIONES
Partida Gravamen Partida
Nacional Descripción Esp. A.V. Nauca
1 Mercaderías importadas y ya fuera de
Aduana, que se reexporten ..... ... .. 0.04
2 Mercaderías en bodega de Aduana que necesiten
devolver los interesados, sujetas
además a la Ley de Bodegaje ... ... .. 0.10
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