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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 24489 >> Fecha 24/07/1995 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 24489 - Articulo 2
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Artículo 2    (No vigente*)
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2

Artículo 2º.- La CTCRMC estará integrada por:

A) Los miembros de la Comisión sobre la Zona

Marítimo-Costera, de conformidad con el artículo 3 del

Decreto Ejecutivo Nº 23665-MP- MIRENEM.

B) El Presidente de INCOPESCA o su representante.

C) Un representante de las municipalidades, nombrado por

CONADES.

D) Un representante de la Sociedad Civil, nombrado por

CONADES.

La incorporación del representante de INCOPESCA se mantendrá hasta

tanto se le incorpore formalmente a la Comisión sobre la Zona

Marítimo-Costera.

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