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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 24489 >> Fecha 24/07/1995 >> Articulo 5
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Normativa - Decreto Ejecutivo 24489 - Articulo 5
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Artículo 5    (No vigente*)
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Artículo 5º.- La CTCRMC queda facultada para designar Comisiones Ad

Hoc, o constituir grupos de trabajo especializados, para procurar la

solución de los problemas específicos, los que estarán a cargo de un

coordinador.

El coordinador responderá por la labor de su equipo, ante el

presidente de la CTCRMC, o ante el miembro que éste designe.

A esos efectos, la CTCRMC podrá invitar a organizaciones con

competencia en cada tema específico, tanto del sector gubernamental, no

gubernamental y del sector privado a integrar dichas comisiones.

Podrá asimismo coordinar acciones con el resto de Comisiones

Técnicas Consultivas que se hayan instalado dentro del SINADES.

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