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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 23893 >> Fecha 05/12/1994 >> Articulo 7
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Normativa - Decreto Ejecutivo 23893 - Articulo 7
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Artículo 7    (No vigente*)
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7

Artículo 7°-El Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica revisará y actualizará, por periodos intercensales, la clasificación incluida en el presente Decreto, sobre la base de información confiable emanada del Sistema Estadístico Nacional y el uso de métodos y técnicas conducentes al establecimiento de diferencias geográficas en el nivel de desarrollo socioeconómico.

 

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