Artículo 8.-Comité de Divulgación
Corresponderá
al Comité de Divulgación, directamente dependiente del Coordinador Nacional,
el desarrollo de las siguientes funciones:
1)
Promocionar por diversos medios y en forma sistemática los servicios que
ofrece el SISI, y sus ventajas;
2)
Coordinar con las instituciones estatales y entes del sector privado,
relacionados con las inversiones, una adecuada divulgación del SISI, tanto a
nivel nacional como internacional;
3)
Coordinar con las embajadas, los agregados comerciales, las cámaras privadas
y con quién corresponda, la labor de divulgación del SISI; y,
4)
Cualquier otra que el Consejo Asesor o el Coordinador Nacional le asignen.
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