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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 11507 >> Fecha 20/05/1980 >> Articulo 20
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Normativa - Decreto Ejecutivo 11507 - Articulo 20
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Artículo 20    (No vigente*)
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20

Artículo 20.- El Presidente del Congreso Nacional Sectorial de

Transportes, nombrará en consulta con los demás miembros de éste, a cada

funcionario responsable de la coordinación de cada comité en todas las

regiones.

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