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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 24788 >> Fecha 29/11/1995 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 24788 - Articulo 2
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Artículo 2
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    Artículo 2°—MIDEPLAN velará por la incorporación de los asuntos de población y género en el diseño, aplicación, seguimiento y evaluación de todas las políticas y acciones gubernamentales de desarrollo.

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