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Nº 22317-MP-H-MIDEPLAN
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Y LOS MINISTROS DE LA PRESIDENCIA, DE HACIENDA
Y DE PLANIFICACION NACIONAL Y POLITICA ECONOMICA
En ejercicio de las atribuciones que les confieren los incisos 3) y
18) del artículo 140 de la Constitución Política y
Considerando:
1º.- Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 21238-H se creó la
Comisión de Coordinación de los Recursos Humanos en el Sector Público,
con el fin de establecer un Banco de Disponibilidad de Servidores
Públicos, que pudieran trasladarse a otras instituciones u órganos del
Sector Público.
2º.- Que no se recibieron solicitudes de traslado por parte de los
funcionarios ni de las Instituciones, en número suficiente para
justificar la existencia de la Comisión.
3º.- Que existe un procedimiento para el traslado de servidores en
el Sector Público, el cual ha venido funcionando desde tiempo atrás. Por
tanto,
DECRETAN:
1º.- Derógase el Decreto el Decreto Ejecutivo Nº 21238-H, publicado
en "La Gaceta" Nº 100 del 26 de mayo de 1992.
2º.- La Autoridad Presupuestaria autorizará los traslados de plazas,
ocupadas o vacantes, entre los Ministerios, Instituciones y Empresas
Públicas, cubiertas por su ámbito.
3º.- El traslado de plazas ocupadas provenientes de las
Instituciones y Empresas Públicas, a Instituciones cubiertas por el
Régimen de Servicio Civil, deberá realizarse mediante Ley de Presupuesto
y sus titulares deberán tener, por lo menos, dos años de servicio
ininterrumpido al Estado.
4º.- Sin excepción, no se autorizará la creación de plazas nuevas,
para sustituir las plazas trasladadas.
5º.- Rige a partir de su publicación.
Transitorio único: Las solicitudes de traslado entregadas antes de
la fecha en que se publique este decreto, serán tramitadas por la
Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria, siguiendo las
disposiciones correspondientes, contenidas en el Decreto que por este
medio se deroga.
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