68
Artículo 68.- En el desempeño del Servicio Médico Sanitario, los
candidatos quedan obligados a presentar al Ministerio de Salubridad un
trabajo original realizado con los problemas sanitarios que ha confrontado
en el desempeño de sus funciones. El Consejo Técnico procederá a publicar
el mejor trabajo que se presente cada año.
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