195
Artículo 195.- Para servir un puesto de Médico en la Lucha
Antilperosa se deberán llenar los siguientes requisitos:
1) Poseer conocimientos especiales sobre la lepra; y
2) Someterse a examen de oposición y salir aprobado.
En el caso de que no haya ningún candidato que esté capacitado para
satisfacer los anteriores requisitos, se le podrá permitir desempeñar el
puesto interinamente por un plazo no mayor de seis meses, al cabo del cual
se le someterá a examen.
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