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 Normativa >> Ley 809 >> Fecha 02/11/1949 >> Articulo 257
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Normativa - Ley 809 - Articulo 257
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Artículo 257    (No vigente*)
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257

Artículo 257.- El Departamento de Sanidad e Ingeniería Sanitaria

tendrá a su cargo el levantamiento de planos para sistemas de cloacas y

tanques sépticos; el diseño de plantas de depuración; la vigilancia y

control de las aguas residuales de las mismas plantas; y el estudio y

examen de las aguas de los ríos que reciben los residuos depurados de los

sistemas de cloacas.

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