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 Normativa >> Ley 809 >> Fecha 02/11/1949 >> Articulo 273
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Normativa - Ley 809 - Articulo 273
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Artículo 273    (No vigente*)
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273

Artículo 273.- Es obligación de los habitantes del país ayudar a

convertir las basuras y desechos orgánicos de origen vegetal y animal en

abonos, cooperando así en la obra de reconstrucción del suelo.

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